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SAT- 4ta resolución de modificaciones RMF 2023, 1er versión anticipada-

El Servicio de Administración Tributaria, dio a conocer la Primera Versión Anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.

El 26 de mayo de 2023, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer en su portal web, la Primera Versión Anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.

En esta versión, se reforman las reglas 4.5.1., tercer párrafo, fracción I y II y 13.1., fracción IV, y se adicionan las reglas 10.28.; 10.29.; 10.30.; 10.31.; 10.32.; y 13.1, fracción V de la RMF para 2023, estas reglas señalan lo siguiente:

  • Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas físicas y morales, formato, periodo y medio de presentación. Regla 4.5.1.

  • Operación del asignatario designado como operador de un área unificada. Regla 10.28.

  • Operación del contratista cuando un asignatario es designado como operador de un área unificada. Regla 10.29.

  • Determinación del IVA por el asignatario designado como operador de un área unificada. Regla 10.30.

  • Determinación del IVA acreditable por parte del contratista designado como operador del consorcio que forme parte de un área unificada donde un asignatario sea el operador. Regla 10.31.

  • Comprobantes fiscales por los costos, gastos o inversiones efectuados por el asignatario designado como operador de un área unificada. Regla 10.32.

  • Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos. Regla 13.1.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF para 2023.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia o consultar el link https://www.sat.gob.mx/home

En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud o asunto relacionado del mismo, para ello nos ponemos a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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