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STPS-Padrón de contratistas-

Se publica en el portal de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el padrón de personas físicas o morales que obtengan el registro para proporcionar servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.

En complemento con nuestras publicaciones de fechas 26 de abril y 5 de mayo del año en curso te comentamos que cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de a Ley Federal del Trabajo, que establece la obligación de publicar en un portal de internet el padrón de personas físicas o morales que obtengan el registro para proporcionar servicios especializados o la ejecución de obras especializadas mediante subcontratación, se pone a disposición de cualquier interesado la versión pública del Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas, la STPS.

Esto es así, pues como es tu conocimiento el 23 de abril pasado, quedó publicada la reforma al outsourcing o subcontratación laboral en dicha reforma se prohíbe la subcontratación de personal, pero se permite la subcontratación de servicios especializados u obras especializadas, es importante comentar que para poder ofrecer servicios especializados, las empresas deben inscribirse al padrón o registro de prestadoras de servicios especializados u obras especializadas (REPSE).

Ahora bien, todas aquellas empresas que contraten servicios especializados deberán ingresar al portar del REPSE y validar que su proveedor se encuentra autorizado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), así pues para verificar la autorización del proveedor de servicios especializados, se debe ingresar al portal del REPSE, seleccionando la opción “Consulta el catálogo” y finalmente “Consultar”.

Es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia y consultar directamente la fuente.

Ahora bien, en caso de tener dudas respecto de la verificación al padrón o al registro en el REPSE nos ponemos a sus ordenes en nuestro correo electrónico: informes@praxworld.mx

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