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SAT-1era Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022.-

El Servicio de Administración Tributaria publicó en su portal la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, en su versión anticipada.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó en su portal oficial, la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su anexo 1-A, en su versión anticipada, por ello a continuación señalamos los cambios a las reglas que consideramos más importantes:

Regla 2.1.52. Opción de realizar pagos a cuenta, por periodo o ejercicio de adeudos fiscales, donde la autoridad dispone que los contribuyentes que tengan a su cargo adeudos fiscales determinados pendientes de pago, firmes o no, podrán realizar pagos a cuenta de los mismos para ser aplicados en el orden previsto en el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Se incluye también que los contribuyentes personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) podrán elaborar un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) diario, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general, de acuerdo a la reforma a la regla 2.1.21.

La cancelación de los CFDI se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado comprobante, anteriormente la regla 2.7.1.47. indicaba a más tardar el 31 de enero del año siguiente a su expedición.

Las personas físicas podrán expedir sus CFDI en términos de lo previsto en la Sección 2.7.3., a través de los adquirentes de sus bienes o de los contribuyentes a los que les otorguen el uso o goce o afectación de los mismos, bajo los requisitos que se disponen en la regla 2.7.3.10. de esta Primera Resolución de Modificaciones a la RM.

Se adiciona también la regla 13.1. de la declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, para disponer que los asignatarios podrán realizar los pagos de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos correspondientes al mes de diciembre de 2021, en una exhibición, a más tardar el 28 de febrero de 2022.

Es importante comentar que esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RM 2022.

Es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia y consultar directamente la fuente.

Nuestro equipo se pone a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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