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SAT-Información del Dictamen Fiscal-

Si presentaste tu Dictamen Fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria, tienes 30 días posteriores a la presentación de dicho dictamen para enviar la evidencia que respalde la aplicación de los procedimientos de revisión de la situación fiscal (papeles de trabajo.

No olvides que si ya presentaste tu Dictamen Fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria, de conformiidad con el artículo 57 último párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, tienes 30 días posteriores a la presentación de dicho dictamen para enviar la evidencia que respalde la aplicación de los procedimientos de revisión de la situación fiscal (papeles de trabajo).

Este envío de los papeles de trabajo debe realizarse a traves de la página del SAT en el siguiente link: https://www.sat.gob.mx/consultas/30601/envio-y-consulta-de-tu-dictamen-fiscal,-asi-como-los-papeles-de-trabajo-del-contador-publico-inscrito-relacionados-con-tu-dictamen-(sipred) adjuntando el archivo SBTP, generado mediante encriptación a través del sistema SIPRED. 

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.

En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud o asunto relacionado del mismo, para ello nos ponemos a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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