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Cambios en nóminas y vacaciones

Existen cambios en materia laboral y de seguridad social para 2023 publicados mediante decretos, resoluciones y entrada en vigor de las modificaciones a Ley del Seguro Social (LSS) y Ley Federal del Trabajo (LFT),

A traves de esta publicación y en complemento a las anteriores en materia laboral y de seguridad social te comentamos algunas modificaciones a Ley del Seguro Social (LSS) y Ley Federal del Trabajo (LFT), provocarón un ajuste en el salario diario integrado del trabajadro y el salario base de cotización de los colaboradores, así como la determinación de cuotas en el ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Por ello, a continuación hacemos un resumen de los principales cambios y/o modificaciones:

El miércoles 7 de diciembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución del Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante la cual se establecen los salarios mínimos para el año 2023.

Salario Minimo Montos
Zona Libre de la Frontera Norte 312.41

Salario Mínimo General 207.44

El 27 de diciembre se publicó el decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones que entrará en vigor a partir del 1º. de enero 2023, para quedar como sigue: 

  • Primer año, 12 días de vacaciones

  • Año 2, 14 días de vacaciones

  • Año 3, 16 días

  • Año 4, 18 días de vacaciones

  • Año 5, 20 días

  • De 6 a 10 años, 22 días

  • De 11 a 15 años, 24 días de vacaciones

  • De 16 a 20 años, 26 días

  • De 21 a 25 años, 28 días

  • De 26 a 30 años, 30 días

  • De 31 a 35 años, 32 días de vacaciones

Modificación de las tablas y tarifas contenidas en el Anexo 8 RMF 2023 para el cálculo de ISR de las personas físicas debido a la inflación, por lo que las retenciones de ISR por sueldos y salarios se verán afectadas.

Tabla mensual: 

Tabla de subsidio al empleo mensual:

El 1o. de enero de 2023 entraón en vigor las modificaciones a la Ley del Seguro Social (LSS) publicadas el 16 de diciembre de 2020 en el DOF, que señalan el iIncrementó a las aportaciones patronales para el retiro. El aumento en el ramo de cesantía en edad avanzada y vejez se elevará del 3.15% actual, hasta llegar al 11.875% en el 2030 en función del salario del trabajador, de manera gradual iniciando a partir del 1º. de enero de 2023, como sigue:

Cabe señalar que la cuota a retener al trabajador no sufre cambios.

  • Se disminuye el número de semanas cotizadas como requisito para obtener la pensión garantizada, incrementar el valor de la pensión mínima garantizada.

  • Se reducen las comisiones cobradas por AFORES.

  • A partir del 1º. de enero de 2023, el Gobierno Federal otorgará una cuota social para los trabajadores que perciban hasta 4 veces la UMA, depositándolo directamente a la cuenta individual del AFORE de cada trabajador.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.

En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud o asunto relacionado del mismo, para ello ponemos a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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