Praxworld Magazine

View Original

IMSS: Reanudación de plazos.

El 13 de julio de este año, se publicó en el DOF el acuerdo ACDO.AS2.HCT.240620/169.P.DIR, expedido por el IMSS, en el que se autoriza la reanudación de los plazos y términos para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos.

Con motivo de la contingencia por la pandemia provocada por el virus COVID-19, el Instituto Mexicano del Seguro Social expidió el acuerdo ACDO.AS2.HCT.300320/115.P.DIR, mismo que fue publicado en el DOF el 31 de marzo del año en curso, mediante el cual se declararon como inhábiles, para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, los días comprendidos desde el 31 de marzo de 2020, hasta que se determine que cesaron las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19.

El día 13 de julio del año en curso, se publicó en el DOF el acuerdo ACDO.AS2.HCT.240620/169.P.DIR, expedido por el IMSS, que medularmente establece lo siguiente:

• La reanudación de plazos y términos para efectos de la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos en el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada Regionales y Estatales, así como Operativos de este Instituto, respecto de aquellos patrones o sujetos obligados que reanuden actividades.

• Se establece como fecha límite, el 20 de julio de 2020, para la presentación a través del Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS), de las constancias de acreditación y membresía de contador público autorizado y del aviso de dictamen por el ejercicio 2019.

• Se amplía hasta el 26 de noviembre de 2020, el plazo para la presentación en el SIDEIMSS del dictamen del cumplimiento de obligaciones ante el IMSS.

El presente documento se realiza con fines informativos, en caso de cualquier asesoría relacionada con la presente, los abogados del área de seguridad social estamos a sus órdenes en la siguiente dirección informes@praxworld.mx