SAT- Ampliación de plazo para emitir CFDI, en su versión 3.3.-
El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, en su primera versión anticipada.
Mediante publicación en el portal del Servicio de Administración Tributaria se dio a conocer los pagadores de impuestos Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, en su primera versión anticipada, en que se señala textualmente lo siguiente:
Décimo Séptimo. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.
Lo anterior, quiere decir que la autoridad fiscalizadora ha otorgado una ampliación de plazo para emitir el CFDI en su versión 3.3. y sus complementos hasta el 30 de junio de 2022.
Es importante comentar que los beneficios contenidos en las reglas publicadas de forma anticipada en el Portal del SAT serán aplicables a partir del momento en que se den a conocer por dicho medio, salvo que se señale fecha expresa para tales efecto.
Así, pues el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia y consultar directamente la fuente. En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, nuestro equipo se pone a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.