Poder Judicial de la Federación Comunicado

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 Mediante el Acuerdo General 10/2020 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se declara inhábil el periodo del 1° al 30 de Junio de 2020. 

Por lo que de igual forma se prorroga la suspensión de plazos en asuntos tramitados ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, contrario sensu, se habilitarán días y horas necesarias para atender cuestiones sobre controversias constitucionales urgentes en donde se haya solicitado la suspensión y ejecución de actuaciones judiciales necesarias; los escritos iniciales regulados en la Ley de Amparo, es decir controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, normas en materia electoral y recurso de reclamación, debiéndose promover electrónicamente a través de la e.firma (FIEL). 

Las notificaciones deberán realizarse por oficio, por lista o por rotulón electrónico, de igual forma los emplazamientos personales se realizarán electrónicamente; las audiencias y comparecencias serán celebradas a distancia, y por lo que señala a las sentencias, estás se emitirán electrónicamente. Respecto a los plazos, estos comenzarán por quien promueva electrónicamente. 

Enlace del Acuerdo: 

https://www.scjn.gob.mx/pleno/secretaria-general-de-acuerdos/acuerdos-generales-plenarios

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