Controversia Constitucional contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica.

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE ) interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica por considerar que parte de su contenido es contrario a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, que ordenan un régimen de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad.

Así pues como principales puntos de esta controversia se observan los siguientes puntos:

  • El quebrantamiento de la regla de acceso abierto y no discriminatorio a las redes de distribución y trasmisión, lo que reduce la capacidad de competir de ciertos generadores y comercializadores.

  • Elimina el criterio de despacho económico de las centrales eléctricas, otorgando ventajas indebidas en favor de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y anulando la capacidad de competir de otros agentes en el eslabón de generación.

  • Diluye la regla de acceso abierto a las redes, habilitando negativas de acceso a este insumo indispensable cuando no existan impedimentos o justificaciones legítimas para ello.

  • Permite a suministradores del servicio básico, específicamente a la CFE, la adquisición de la energía a través de métodos no competidos, ampliando indefinidamente el régimen legado, que originalmente era transitorio.

Es importante comentar que el recurso en cuestión se radicó en el número de expediente 64/2021, en que la SCJN dio un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación, para que el Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión rindan sus respectivos informes.

Es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., ponemos a su disposición nuestro correo electrónico: informes@praxworld.mx para atender cualquier duda respecto de esta controversia constitucional .

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