TFJA - Oficialia de Partes en Linea, Lineamientos-
El día 29 de julio del año curso se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, diversos acuerdos referentes a la práctica de actividades procesales por medios electrónicos, que será implementada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) de manera temporal por motivo de la emergencia sanitaria por Covid-19.
Por ello, el TFJA, habilitará la Oficialía de Partes Común en Línea, la cual será de uso opcional para las partes, en los juicios que se tramitan ante dicho Tribunal.
Las actuaciones y notificaciones relativas a los juicios contenciosos que se llevan ante el TFJA, se realizaran por medios electrónicos, hasta que termine la emergencia sanitaria.
Si ninguna de las partes elige tramitar su procedimiento mediante los medios electrónicos, su juicio se tramitara conforme a los procedimientos ordinarios.
Para los casos en los que únicamente la parte actora decida llevar su procedimiento mediante los medios electrónicos, en cuanto a las actividades de las autoridades demandadas o terceros se tramitaran conforme a los procedimientos ordinarios.
¿QUE ES LA OFICILIA DE PARTES COMÚN EN LINEA?
Es un sistema informático que opera en una plataforma tecnológica a la que se puede acceder por medios electrónicos, para realizar las actividades procesales ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Está diseñada para recibir las demandas y promociones de las partes que hayan optado por el sistema electrónico para la recepción y notificación de las actuaciones procesales en un juicio.
OBJETO DE LA OFICILIA DE PARTES COMÚN EN LINEA:
La Oficialía de Partes Común en Línea tiene la función de auxiliar a las Oficialías de Partes de todas las Regiones del Tribunal, recibiendo en formato digital los escritos iniciales de demandas y/o promociones de los juicios contenciosos administrativos tramitados en la vía de sustanciación tradicional.
El acceso a este sistema electrónico estará disponible en la página web oficial del Tribunal Federal de Justicia Administrativa o en la página: https://oficialiadepartes.dgsjl.tfja.gob.mx.
Las promociones de los juicios substanciados en la modalidad en Línea, se seguirán promoviendo directamente en la página del Sistema de Justicia en Línea: https://www.juicioenlinea.gob.mx
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA INGRESAR A LA OFICIALÍA DE PARTES COMÚN EN LÍNEA?
1. Aceptar los Términos y Condiciones para el uso de la "Oficialía de Partes Común en Línea".
2. Contar con un correo electrónico válido, que se utilizará para remitir el acuse de recepción de las demandas y/o promociones.
3. El único formato permitido para la interposición de los documentos será ".pdf".
4. Todo documento tramitado ante el Sistema "Oficialía de Partes Común en Línea" deberá de ser legible, en todas sus partes.
5. El tamaño máximo por archivo será de 10 MB, y la integración de la demanda y/o promoción no debe exceder de un total de 150 MB.
6. Cuando se presenten pruebas documentales en formato pdf, las partes manifestarán, bajo protesta de decir verdad, si corresponden al original, a copia certificada o copia simple del documento respectivo.
¿QUÉ ACTIVIDADES PROCESALES PUEDEN SER PRESENTADAS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS?
1. La demanda inicial y sus medios de prueba;
2. La contestación de la demanda y sus medios de prueba;
3. La ampliación de la demanda y sus medios de prueba;
4. La contestación a la ampliación de la demanda;
5. Todas las promociones que las partes estimen necesarias para la defensa de sus intereses;
6. Las notificaciones, acuerdos, requerimientos o resoluciones que la Juzgadora respectiva deba comunicar a las partes y a otras autoridades o terceros interesados, relativas a las actividades procesales.
7. Cuando se presenten pruebas documentales en formato pdf o digitalizadas,las partes manifestarán, bajo protesta de decir verdad, si corresponden al original, a copia certificada o copia simple del documento respectivo. El Magistrado Instructor podrá solicitar el cotejo de los documentos presentado como medios de prueba.
8. Si se tratara de una prueba que verse sobre deposiciones testimoniales, el Magistrado determinara día, hora y lugar para su recepción. Si es posible se desahogara la prueba a través de videoconferencia.
9. En lo relativo a la prueba pericial se tendrá las mismas disposiciones que la prueba testimonial. Los peritajes que se presenten por escrito, llevaran la firma electrónica del perito.
10. Las demás actuaciones procesales que las partes, o el Magistrado Instructor correspondiente, estimen necesarias para la debida integración.
LOS REQUISITOS DE PROCEDENCIA SERÁN LOS SIGUIENTES:
1. Los demandantes, demandados, terceros interesados, peritos y demás partes legitimadas en los expedientes respectivos, podrán optar por el uso de los medios electrónicos.
2. Todo escrito presentado mediante el sistema electrónico, deberá contener firma electrónica.
3. Todas las notificaciones se realizaran mediante Boletín Jurisdiccional.
4. Las partes en juicio que hayan optado por hacer uso del sistema electrónico para la recepción y notificación de las actividades procesales de que se trate, deberán suscribir el acuerdo de aceptación de los términos y condiciones que el Tribunal pondrá a su disposición al momento de ingresar a la Oficialía de Partes Común en Línea.
5. La Junta de Gobierno y Administración regulara la implementación de los medios electrónicos para el correcto funcionamiento de la Oficialía de Partes Común en Línea, así como la integración de los expedientes.
6. Las Oficialías de Partes de las Salas Regionales, Especializadas, Auxiliares y Mixtas seguirán funcionando permanentemente, para la atención de los juicios en los que las partes no opten por el sistema electrónico.
FUNCIONAMIENTO DE LA OFICIALIA DE PARTES COMÚN EN LINEA:
• Se recibirán demandas y promociones que estén dirigidas a cualquier Sala Regional del Tribunal.
• Una vez presentada la demanda o promoción, el sistema la enviara automáticamente a la oficialía de partes de la sala correspondiente.
• Cuando se registre la demanda en la Oficialía de Partes de la Sala correspondiente, el juicio se substanciara normalmente y únicamente se recibirán y notificaran electrónicamente las actuaciones autorizadas.
INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES:
Los Secretarios de Acuerdos, deberán conservar todos los registros electrónicos de las actividades procesales que se realicen electrónicamente, para que llegado el momento procesal oportuno, se agreguen al expediente físicamente.
Los archivistas serán los responsables de integrar las actuaciones electrónicas al expediente en papel, respetando el orden de cada actuación conforme a su fecha de presentación en el sistema electrónico.
Si es el caso que en un juicio solo el actor eligió el sistema electrónico, se creará un expediente físico para documentar las actuaciones de la autoridad o terceros y las actuaciones del actor serán conservadas en el registro electrónico.
EXCEPCIONES:
En cuanto a las demandas referentes a pensiones civiles del ISSSTE o créditos del INFONAVIT, que sean presentadas por medio de la Oficialía de Partes Común en línea, la Secretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (SOTIC) llevará un inventario por separado, el cual que será enviado periódicamente a las Salas Regionales correspondientes.
SOPORTE TÉCNICO:
Se dará soporte técnico a los usuarios del sistema electrónico, a través del Centro de Atención de Usuarios del TFJA vía correo electrónico: sjl.mesadeayuda@tfja.gob.mx o a los teléfonos: 5580005674 y 5550037507.
El presente documento se realiza con fines informativos y, como siempre, el personal de la práctica de Impuestos y legal de Praxworld Solution Business S.C., está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de estas disposiciones, por lo que en caso de cualquier asesoría relacionada con la presente nos ponemos a sus órdenes en la siguiente dirección informes@praxworld.mx