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Aprobación de la reforma fiscal para 2021.

Es necesario estar atentos a la aprobación de la reforma fiscal para 2021 , así como las implicaciones que está traerá para los pagadores de impuestos.

En relación con nuestra publicación del día 18 de septiembre del año en curso, en la que te dimos a conocer un esbozo de las reformas fiscales que vendrían para el 2021, es de comentarte que el pasado 5 de noviembre, culminó el proceso de discusión y aprobación del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de La ley Del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación, y de la Ley Federal de Derechos así como del Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2021, documentos que se encuentran pendientes de ser publicados en el Diario Oficial de la Federación.


Es importante comentar el paquete económico al que hacemos mención no incluye nuevos impuestos, ni modifican la tasas de impuestos de forma directa pero sí se han realizado diversas modificaciones que pretenden coadyuvar con la recaudación de impuestos.


Así mismo para el ejercicio próximo se realizaron diversas modificaciones dentro del régimen de donatarias autorizadas en materia del impuesto sobre la renta, como lo es la incorporación de causales para la revocación de la autorización de donataria, basada en el monto de sus ingresos por la realización de actividades distintas a los fines autorizados.


En materia de devoluciones se realizaron cambios para regular ciertos casos en los que se tiene por no presentada la solicitud de devolución, provocando que no se interrumpa el plazo de prescripción de la autoridad fiscal para devolver y se modifica el plazo que tiene la autoridad fiscal para emitir la resolución correspondiente, de igual manera se extiende la responsabilidad solidaria para residentes en México por operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente el México.


Dentro del Impuesto al valor agregado se han hecho diversas modificaciones para regular las actividades relacionadas con servicios digitales, así como los de intermediación, que involucran la obligación de efectuar una retención del 100% del impuesto al valor agregado.


El presente documento se realiza con fines informativos y de ninguna manera pueden considerarse como aplicables a casos generales, pues el documento que aun esta por publicarse en Diario Oficial de la Federación debe ser valorado de manera individual, por lo que los abogados y contadores de de Praxworld Solution Business S.C., está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda traer la publicación y entrada en vigor del documento, por lo que en caso de cualquier asesoría relacionada con la presente nos ponemos a sus órdenes en la siguiente dirección informes@praxworld.mx

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