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SAT-5ta Resolución de Modificaciones a la RMF 2022, 1er versión anticipada-.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) han dado a conocer en su pagina oficial la Quinta Resolución de modificaciones a la RMF para 2022, en su primera versión anticipada

El día de ayer, Servicio de Administración Tributaria dio a conocer mediante su pagina electrónica la segunda versión anticipada de Quinta Resolución de modificaciones a la RMF para 2022, en su primera versión anticipada, en que básicamente se tratan los siguientes puntos:

Se reforman los Transitorios Quinto y Décimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus modificaciones posteriores, para quedar de la siguiente manera:

Quinto.El Anexo 29 publicado en el DOF el 10 de mayo de 2021, será aplicable para la versión 3.3 de CFDI hasta el 31 de diciembre de 2022, excepto lo previsto en la fracción VI de dicho Anexo.

Décimo Séptimo. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.

Es importante comentar que esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF para 2022.

El presente documento se realiza con fines informativos y, como siempre, los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., estaremos atentos a los cambios que lleguen a suscitarse, poniéndonos a sus órdenes para cualquier asesoría relacionada con la presente en la siguiente dirección informes@praxworld.mx

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