SAT-Vigilancia Profunda, atención de invitaciones-
El Servicio de Administración Tributaria ha implementado el programa de Vigilancia Profunda con la finalidad de combatir la evasion fiscal y promover el cumplimiento de las obligaciones fiscales, durante esta vigilancia se realiza un análisis exhaustivo de la información contenida en las bases de datos del SAT, así como de otras fuentes, para identificar comportamientos fiscales atípicos o inconsistencias que podrían indicar posibles irregularidades, en fundamento legal de este tipo de procedimiento lo encontramos en los numerales 42 y 49 del Código Fiscal de la Federación, los cuales facultan al SAT para realizar auditorías e investigaciones a los contribuyentes.
Cuando el SAT detecta indicios de posibles irregularidades a través de la Vigilancia Profunda, emite una invitación al contribuyente para que acuda a una entrevista o realice aclaraciones sobre su situación fiscal. Esta invitación no implica necesariamente que el contribuyente haya cometido alguna infracción, sino que es una oportunidad para aclarar cualquier duda o inconsistencia.
Así pues ante una vigilancia profunda nuestra recomentación es atender a la autoidad con la seriedad que una auditoria representa acercandose a abogados y contadores expertos en materia tributaria
Es importante señalar, que el no atender dichas visitas puede originar entre otras consecuencias, la presunción de la autoridad de omisiones de impuestos y por tanto caer en el supuesto de restricción de sellos digitales lo que impedirá la emisión de comprobante fiscales electrónicos.
Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.
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