SCJN-Salarios Vencidos, cálculo del pago-
El Pleno Regional Laboral de la Ciudad de México, emitió el cirterior jurisprudencial respecto de la forma de calcular los salarios vencidos.
El Pleno Regional Laboral de la Ciudad de México, sostuvo un criterio* respecto a la cuantificación de la condena al pago de salarios por un periodo de 12 meses al que hace referencia el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, misma que obedece a indemnización en caso de despido injustificado.
El referido criterio jurisprudencial afirma que para llevar a cabo dicha cuantificación, debe determinarse el número de días que comprenden los 12 meses, en el entendido que, conforme al artículo 89 de la Ley laboral, la unidad de tiempo "mes" comprende 30 días; entonces, dicha cantidad debe multiplicarse por 12 para obtener la cantidad total máxima.
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