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SAT-2da Resolución de Modificaciones a la RMF 2022, 2da versión anticipa-

El Servicio de Administración Tributaria ha dado a conocer en su portal la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, en su Segunda versión anticipada.

Mediante publicación del 25 de febrero de 2022, en el portal oficial del Servicio de Administración Tributaria, se dio a conocer a los pagadores de impuestos la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, en su Segunda versión anticipada.

Por ello a continuación te señalamos que como principal cambio se señala una ampliación del periodo de transición para el uso obligatorio de la nueva versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) la cual entrará en vigor el 1 de julio próximo.

¿Hasta cuándo tengo para presentar la nueva factura 4.0?

En días pasados el SAT otorgo una ampliación del periodo de transición, para que el uso obligatorio del CFDI o factura 4.0, por lo cual ahora iniciará hasta el 1 de julio, de acuerdo con  la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022 y su anexo 1-a. primera versión anticipada, publicada en su página en Internet.

De igual forma, el mismo organismo informó que se reformó el artículo Transitorio Décimo Séptimo de la RMF para 2022, según la cual "los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022".

De igual forma resulta importante señalar que los principales cambios en la versión de factura 4.0 son:

  • Obligatoriedad del nombre del emisor y receptor.

  • Obligatoriedad del domicilio fiscal y código postal del emisor y del receptor.

  • También, en el caso de los recibos de nómina, los trabajadores deberán proporcionar a su empleador su RFC, nombre completo y su domicilio fiscal registrados ante el SAT.

  • Se homologa la forma de expresión del formato fecha conforme al Anexo 20 de los atributos Fecha-Pago, Fecha-Inicial-Pago, Fecha-Final-Pago y Fecha-Inicio-Rel-Laboral.

  • Se eliminan las validaciones de la versión y forma de pago.

  • Se incorporan las validaciones para la emisión del complemento con la versión 4.0 del CFDI, como Regimen Fiscal Receptor, ObjetoImp, A Cuenta Terceros, Informacion Aduanera, Cuenta Predial, Complemento Concepto, Parte.

  • Se incorporan como requisitos obligatorios para la emisión del comprobante de nómina el RFC, nombre, régimen fiscal y código postal del domicilio fiscal del receptor.

Así, pues el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia y consultar directamente la fuente. En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, nuestro equipo se pone a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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