IMSS-Proyecto migración de trabajadores incapacitados derivado de sustitución patronal-

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), mediante  el comunicado 380/202 informo que aprobó un proyecto por el cual  los patrones que hayan comunicado al IMSS la sustitución patronal en términos de la reforma en materia de subcontratación laboral, puedan realizar la migración de los trabajadores, incluyendo aquellos incapacitados temporalmente.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), mediante el comunicado 380/202 informo que aprobó un proyecto por el cual los patrones que hayan comunicado al IMSS la sustitución patronal en términos de la reforma en materia de subcontratación laboral, puedan realizar la migración de los trabajadores, incluyendo aquellos incapacitados temporalmente.

El 30 de agosto de 2021, el Consejo Técnico del IMSS aprobó mediante comunicado 380/2021 un proyecto para que los patrones que hayan comunicado al IMSS la sustitución patronal en términos de la reforma en materia de subcontratación laboral, puedan realizar la migración de los trabajadores, incluyendo aquellos incapacitados temporalmente

Con lo anterior, se establece que los patrones podrán llevar a cabo la migración de los trabajadores para la sustitución patronal, presentando para el caso de aquellos trabajadores con Incapacidad Temporal para el Trabajo (ITT) un movimiento afiliatorio de baja, en el entendido que serán dados de alta en el día inmediato siguiente con el patrón sustituto, donde se reconocerán derechos laborales, salarios, antigüedad y prima de riesgo.

Así, con este proyecto se solicita a los titulares de las Direcciones de Incorporación y Recaudación, de Prestaciones Económicas y Sociales, de Prestaciones Médicas, de Innovación y Desarrollo Tecnológico, de Finanzas, y de Operación y Evaluación, para que emitan las disposiciones administrativas necesarias para la correcta aplicación del acuerdo.

También es importante comentar que este comunicado señala que este proyecto estará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 Es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma; en Praxworld Solution Business S.C., contamos con un equipo de expertos en el tema que te podrán apoyar a resolverte cualquier duda que tengas al respecto, por ello nos ponemos a tus ordenes en nuestro correo electrónico: informes@praxworld.mx

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