SCJN-Estándares de valoración de las renuncias voluntarias.-

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer una jurisprudencia que establece la importancia del principio de primacía de la realidad en los juicios laborales cuando un patrón alega que el trabajador presentó su renuncia.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación a traves de su Tercer Tribunal Colegiado en materia de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, emitio la jurisprudencia denominada RENUNCIA. CONFORME AL PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD, LOS TRIBUNALES LABORALES DEBEN ANALIZAR SU VEROSIMILITUD, TOMANDO EN CUENTA LAS CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL CASO Y LAS CONDICIONES PERSONALES DEL TRABAJADOR.

En dicha jurisprudencia de establece la importancia del principio de primacía de la realidad en los juicios laborales cuando un patrón alega que una persona trabajadora le presentó una renuncia. Esta jurisprudencia establece que los tribunales laborales deben analizar la verosimilitud de la renuncia,tomando en cuenta las características particulares del caso y las condiciones personales del trabajador, como pueden ser: antigüedad, puesto, edad, preparación, solvencia económica y pago de finiquito.

Lo anterior tiene su fundamento en el artículo 17 constitucional que prevé el principio de primacía de la realidad y de conformidad con el artículo 841 de la Ley Federal del Trabajo, los tribunales laborales deben dictar sus sentencias a verdad sabida y buena fe guardada, apreciando los hechos en conciencia, sin necesidad de sujetarse a formulismos o reglas en relación con las pruebas aportadas por las partes, pero siempre expresando los motivos y fundamentos legales en que se apoyen, siendo claros y congruentes con las pretensiones deducidas en el juicio; de ahí que conforme a tales preceptos, ante la existencia de una renuncia dentro de los autos que integren el juicio de origen, el tribunal laboral tiene la obligación de analizar su verosimilitud, tomando en cuenta las características particulares del caso, las condiciones personales del trabajador y los estándares de valoración de las pruebas, para determinar su valor probatorio.

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