DOF-Modificación tarifa arancelaria-

Los días 18 y 22 de noviembre de 2021, dentro del Diario Oficial de la Federación, la Secretaria de Economía dio a conocer el “DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto por el que se establece el Impuesto General de Importación para la Región Fronteriza y la Franja Fronteriza Norte y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial”, y el “DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.”

Mediante publicaciones en el Diario Oficial de la Federación de fechas 18 y 22 de noviembre de este año, la Secretaría de Economía dio a conocer el “DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto por el que se establece el Impuesto General de Importación para la Región Fronteriza y la Franja Fronteriza Norte y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial”, y el “DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.”.

En ese sentido, a manera de resumen te decimos los puntos que consideramos más importantes de estos Decretos:

Modificación de aranceles a importaciones de acero y calendario de desgravación

 Se reincorpora nuevamente un arancel de importación del 15% aplicable a 112 fracciones arancelarias de productos siderúrgicos, entre los cuales se encuentran laminados planos de hierro, lamina rolada en frio, lamina plana sin enrollar rolada en caliente, cincados electrónicamente, tubos laminados en caliente, tubos de conducción, tubos térmicos, puertas, ventanas y sus marcos, entre otros.

Decreto Franja y región fronteriza

Se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación con la finalidad de crear 51 fracciones arancelarias de productos que cuentan con denominación de origen, entre las cuales sobresalen las correspondientes a cacao, arroz Morelos, café Chiapas y vainilla de Papantla. De igual manera se suprimen 15 fracciones arancelarias, incluidas la correspondiente a arroz partido, arroz con cascara, café sin tostar descafeinado, entre otros.

Por lo que hace al Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, se incorporan 5 fracciones arancelarias de nueva creación para ser importadas al amparo del citado Decreto, entre las cuales sobresalen el café, vajillas y demás artículos para el servicio de mesa, así como suprimir otras 5 en los mismos campos.

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