DOF- Creación del organismo público descentralizado denominado Litio para México.-

Se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación la creación del organismo público descentralizado denominado Litio para México.

Mediante publicación vespertina en el Diario Oficial de la Federación del 24 de agosto de 2022, se publicó el Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Litio para México.

De lo anterior, se desprende que el objeto de Litio para México es la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio, ubicado en territorio nacional, así como la administración y control de las cadenas de valor económico de dicho mineral, asi pues entre las atribuciones de LitioMx será elaborar programas para exploración, explotación, desarrollo y ejecución de proyectos de ingeniería, investigación, actividades geológicas, así como desarrollar tecnología requerida en la industria relacionada con el uso de litio.

Este organismo tendrá autonomía técnica, operativa y de gestión y que se encargará de realizar los programas estratégicos para la exploración y aprovechamiento del litio, desarrollar proyectos de ingeniería para su explotación, e investigar y desarrollar la tecnología requerida para la utilización del mineral.

Litio para México también deberá ubicar las áreas geológicas en las que existan reservas probables de litio, en colaboración con el Servicio Geológico Mexicano. La empresa pública también "podrá asociarse con otras instituciones públicas y privadas" para controlar las actividades relacionadas con producción, transformación y distribución de productos derivados del litio.

Hay algunos pendientes para que se formalice la creación de LitioMx, como lo es que el Consejo de Administración de Litio para México se instalará en un período no mayor a 60 días naturales, dicho consejo será conformado por los titulares de la Secretaría de Energía, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Economía, Secretaría de Gobernación y Secretaría de Medio Ambiente. Litio Mx comenzará a operar a más tardar 180 días después de la publicación del decreto, es decir, en el mes de febrero del 2023.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia y consultar directamente la fuente la cual se encuentra en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5662345&fecha=23/08/2022#gsc.tab=0

En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, nuestro equipo de expertos se pone a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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