DOF-Reforma a la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones-

La Secretaría del Trabajo publicó dentro del Diario Oficial de la Federación el decreto que hace oficial la reforma a Ley para elevar de 6 a 12 días el periodo vacacional anual para los empleados.

En complemento a nuestras publicaciones relativas a la ampliación de vacaciones de los trabajadores, el día de ayer 27 de diciembre de 2022, la Secretaria de Trabajo y Previsión Social a traves del Diario Oficial de la Federación en su edición vespertina publicó el DECRETO por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones, para quedar como sigue:

Artículo 76.- Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.

A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Artículo 78.- Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.

¿Cuándo entrá en vigor esta reforma?

Según lo establecido en el Decreto, esta reforma entrará en vigor el 1.° de enero de 2023.

Las modificaciones motivo del presente Decreto serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.

Por otro lado es imporante comentar que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó una infografía en su portal web acerca de las dudas que se tienen respecto del nuevo esquema de vacaciones, https://www.gob.mx/stps/documentos/las-vacaciones-son-tu-derecho

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia o consultar directamente la fuente: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5675889&fecha=27/12/2022#gsc.tab=0

En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud o asunto relacionado del mismo, para ello ponemos a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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