SAT- Tasas efectivas de ISR de Grandes Contribuyentes
Mediante publicación del 10 de octubre de 2021 , El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informo que dará inicio a las revisiones de la tasa efectiva del Impuesto Sobre la Renta a grandes contribuyentes.
Es importante comentar que el pasado 8 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) en su artículo 33, primer párrafo, fracción I, inciso i que estipula dar a conocer parámetros de referencia con respecto a la utilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas de impuesto que presentan otras entidades o figuras jurídicas que obtienen ingresos o contraprestaciones con base en el sector económico o industria a la que pertenecen.
De igual manera señalamos que esta es una cuarta publicación correspondiente a los parámetros de referencia respecto a las tasas efectivas de impuesto sobre la renta para la medición de riesgos impositivos, aquí se adicionaron 47 actividades económicas para los ejercicios fiscales de 2016 a 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes tomando en consideración actividades de comercio de productos específicos, aunque como siempre sugerimos revisar a detalle y en su totalidad las actividades de esta publicación en conjunto con las previamente listadas.
Finalmente, la autoridad recaudadora a través de este comunicado de prensa invita nuevamente a los contribuyentes que consulten la tasa efectiva de impuesto correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con su propia tasa de impuesto respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
El presente documento se realiza con fines informativos y, como siempre, los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., estaremos atentos a los cambios que lleguen a suscitarse, poniéndonos a sus órdenes para analizar los efectos que dichos cambios tengan para los contribuyentes mencionados en esta publicación, por lo que en caso de cualquier asesoría relacionada con la presente contáctanos en la siguiente dirección informes@praxworld.mx