DOF-7ma Resolución de modificaciones a la RMF para 2022-
El día de hoy se publicó dentro del Diario Oficial de la Federación la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su Anexo 1-A.
Mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación se dió a conocer a los pagadores de impuestos y publico en general la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su Anexo 1-A.
Así pues, de la lectura que hemos realizado a dicho documento podemos resaltar como puntos más relavantes los siguientes:
Por lo que hace a las devoluciones de saldos a favor de personas físicas, reducción de multas para quienes se encuentran en proceso de comprobación, requisitos para obtener la autorización de certificación CFDI, entre otras; respecto de las devoluciones de Impuesto Sobre la Renta para personas físicas especifica que las personas físicas con ingresos por sueldos y salarios se tendrá por presentada la solicitud en términos de la presente regla con independencia de la situación de su domicilio fiscal.
Respecto de las multas susceptibles de reducción de acuerdo con el artículo 74 del Código Fiscal de la Federación son las de incumplimiento a las obligaciones fiscales federales de personas morales, personas morales con fines no lucrativos y personas físicas.
También se señala que los contribuyentes que estén sujetos a facultades de comprobación y que opten por autocorregirse, podrán solicitar la reducción de multas a que se refiere el artículo 74 del CFF, a partir del momento en que inicien las facultades de comprobación de las autoridades fiscales y hasta antes que venzan los plazos previstos, para lo cual, en todos los casos, el contribuyente deberá autocorregirse totalmente, y a satisfacción de la autoridad, así mismo, las contribuciones a cargo del contribuyente y sus accesorios, deberán ser cubiertos dentro del plazo otorgado y el porcentaje de reducción de multas será del 100 por ciento.
De igual forma los pagadores de impuestos que manifiesten su intención de cubrir las contribuciones a su cargo y sus accesorios en parcialidades o en forma diferida, los porcentajes de reducción de multas serán de 90 por ciento por impuestos propios y 70 por ciento en el caso de retenidos o trasladados, asi mismo el porcentaje de reducción de multas determinadas con motivo del ejercicio de facultades de comprobación cuenta con una reducción del 90 al 40 por ciento en impuestos propios y para el caso de retenidos o trasladados del 70 al 20 por ciento, para el supuesto caso de que se acuda al pago por parcialidades el descuento o reducción por impuestos propios va del 80 al 30 por ciento y por impuestos retenidos o trasladados del 60 al 10 por ciento.
Respecto de la presentación de la solicitud de reducción de multas deberá realizarse de conformidad con la ficha de trámite 200/CFF "Solicitud de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación", del Anexo 1-A, señalando el monto total a cargo y el monto por el cual solicita la reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF y, en su caso, la solicitud del pago en parcialidades.
Para el caso de solicitar autorización para certificar CFDI se debe cumplir con el requisito de no haber realizado operaciones con contribuyentes listados en el 69-B o que demuestren haber corregido su situación fiscal y contar con opinión de cumplimiento positiva.
Para tu mejor referencia te dejamos el link de la información aqui plasmada https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5664822&fecha=20/09/2022#gsc.tab=0
Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y, como siempre, los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., estaremos atentos a los cambios que lleguen a suscitarse, poniéndonos a sus órdenes para cualquier asesoría relacionada con la presente en la siguiente dirección informes@praxworld.mx