DOF- Modificación a la Tarifa de la Ley de los IGI y de IGE.-

La Secretaría de Economía dio a conocer mediante el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

La Secretaría de Economía dio a conocer mediante el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

EL 16 de junio de 2021, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación , la Secretaria de Economía dio a conocer el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en el que se elimina la referencia a los Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN) en la:

Descripción la fracción arancelaria 8543.70.18, la cual queda como: Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN) y Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN), cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, excepto los dispositivos de calentamiento de cartuchos o unidades desmontables con tabaco, y

Nota Nacional 16 del Capítulo 85 “Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos"

Se debe considerar que la mercancía (dispositivos de vapeo) clasificada en esa fracción arancelaria se mantiene prohibida tanto para su importación como exportación.

Lo anteriormente descrito, significa que los cigarrillos electrónicos continuarán con la restricción de importación.

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