SAT-Persona Física,Devolución automática-

Si eres persona física con saldo a favor de ISR y aun no presentas tu declaración anual tienes hasta el 31 de julio de 2023 para solicitarla.

Si eres contribuyuente persona física con saldo a favor en Impuesto sobre la Renta y por algun motivo aun no has presentado tu declaración anual, te recordamos que tienes hasta el 31 de julio de 2023 para solicitarla bajo el procedimiento de “devolución automática”, esto de conformidad con lo dispuesto en la regla 2.3.2 de la Resolución Miscelánea vigente.

Entonces, si te encuentras en el supuesto anterior deberás llenar el formato electrónico correspondiente y se obtenga saldo a favor de ISR, se DEBE optar por solicitar la devolución marcando el recuadro respectivo. 

Esta opción es posible ejercerla hasta el día 31 de julio próximo, posterior a esta fecha la solicitud del saldo a favor será de forma “manual”.

Los requisitos que debes cumplir son:

  • Señalar la CLABE de la cuenta bancaria en la que se desea recibir la transferencia. Cabe señalar que esta cuenta bancaria debe estar a nombre del contribuyente.  

  • Si el saldo a favor supera los 10 mil pesos, la declaración anual deberá presentarse utilizando la e.firma

Puedes dar seguimiento a tu solicitud ingresado al buzón tributario o en el apartado de Trámites dentro del Portal del SAT.

Si el resultado que se obtenga no conlleve a la devolución total, las inconsistencias detectadas por la Autoridad podrán ser solventadas, cuando se habilite la opción “solventar inconsistencias”.

No aplica esta facilidad cuando:

  • Se hayan obtenido ingresos derivados en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.

  • Se obtengan saldos a favor por montos superiores a $150,000.00.

  • Las solicitudes correspondan a ejercicios fiscales distintos al año inmediato anterior.

  • La declaración anual se presente sin utilizar la e.firma estando obligado a ello.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.

En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud o asunto relacionado del mismo, para ello nos ponemos a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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