DOF-Renovación Registro Repse-

Se publicó el acuerdo que modifica las disposiciones generales para el registro en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas.

Mediante publicación en Diario Oficial de la Federación del 21 de febrero de 2024 La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer el acuerdo que modifica las disposiciones generales para el registro en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas, según el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

De la lectura que se de al citado acuerdo se desprende el proceso de renovación en el sistema “Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas” (REPSE) que deben hacer los subcontratistas cada tres años.

En ese sentido las personas físicas y morales que deseen renovar su registro REPSE deberán accesar la pagina web del RESPE http://repse.stps.gob.mx, tres meses antes de su vencimiento y posteriormente dar click en "Renovación de Registro", para realizar dicho trámite.

La vigencia de tres años se cuenta desde la fecha de inscripción en el padrón, independientemente de las actualizaciones realizadas en el registro anteriormente

Calendario de renovación en el REPSE

Asi mismo dentro del citado acuerdo se establece un calendario para realizer el tramite de renovación, y de no cumplirse será la misma plataforma automáticamente deshabilitará el módulo respectivo.

  • De marzo a mayo, registros otorgados en junio de 2021

  • De abril a junio, registros otorgados en julio de 2021

  • De mayo a julio, registros otorgados en agosto de 2021

  • De junio a agosto, registros otorgados en septiembre de 2021

  • De julio a septiembre, registros otorgados en octubre de 2021

  • De agosto a octubre, registros otorgados en noviembre de 2021

  • De septiembre a noviembre, registros otorgados en diciembre de 2021

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.

En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud o asunto relacionado del mismo, para ello nos ponemos a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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