SAT- Minisitio para Donatarias Autorizadas-

El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer mediante su portal de internet el Minisitio Donatarias Autorizadas.

En días pasados el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer mediante su portal de internet el “Minisitio Donatarias Autorizadas”, en el cual se compila diversa información, guías, preguntas frecuentes y accesos directos a aplicativos para la presentación de avisos, solicitudes, informes y declaraciones, relacionados con el cumplimiento de dichos contribuyentes.

¿Cuales son los beneficios de las Donatarias Autorizadas?

  • Tributan para efectos fiscales como personas morales con fines no lucrativos.

  • No son contribuyentes del ISR, ya que no buscan la generación de una utilidad.

  • Pueden recibir donativos sin límite, ya sea en efectivo o en especie, de residentes en el país o en el extranjero; deben expedir los comprobantes respectivos.

  • Pueden tener ingresos no relacionados con su objeto social, siempre que los mismos sean menores a 50% de los ingresos totales del ejercicio.

¿Qué necesito para ser donataria autorizada?

  • Realizar la solicitud a través del Buzón Tributario.

  • Cumplir con los requisitos y condiciones establecidos.

  • Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.

  • Para la continuidad de la vigencia de la autorización debes cumplir con la presentación de todas tus declaraciones (la vigencia es anual).

  • Si quieres hacer una donación, te recomendamos verificar que la Donataria sea autorizada, cuáles son las actividades que realiza y exigir tu comprobante fiscal. Recuerda que lo puedes deducir.

Para que sea deducible la donación, es necesario que el donante verifique:

  • Que la Donataria esté autorizada.

  • Solicitar a la Donataria comprobantes fiscales que amparen los donativos y que estos cuenten con el complemento de Donatarias.

Para mayor información sobre el Régimen Fiscal de las Donatarias Autorizadas, puedes ingresar al minisitio de Donatarias Autorizadas en https://omawww.sat.gob.mx/donatariasautorizadas/Paginas/index.html, donde encontrarás información acerca de trámites, obligaciones, padrón de notarías y material adicional.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia y consultar directamente la fuente en http://omawww.sat.gob.mx/donatariasautorizadas/Paginas/index.html

En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, nuestro equipo de expertos se pone a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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