DOF-Modificaciones al Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (STPS)-

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones.

El pasado 23 de agosto de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones.

Estas modificaciones mayoritariamente buscan, desde nuestro punto de vista, lo siguiente:

  • Incorporar definiciones y las Normas Oficiales Mexicanas que en su caso resulten aplicables a los procedimientos de inspección.

  • Procedimientos de inspección y verificación para las nuevas modalidades de trabajo.

  • Mayores atribuciones a los inspectores y a las autoridades, para revisar el cumplimiento de las condiciones de trabajo.

  • Verificación de las condiciones en las que, el personal propio labora y si el personal que brinda servicios especializados, cumple con las características del mismo.

  • La salvaguarda del personal de los centros de trabajo ante un riesgo o peligro inminente.

  • Establecer procesos claros de corrección de irregularidades en el centro de trabajo e imposición de multas por falta de cumplimiento y corrección.

Estas reformas, en adición a los lineamientos que se publicaron el pasado 24 de mayo de 2021, mediante el acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, sin duda permitirán a la Autoridad un seguimiento puntal sobre los esquemas de Prestación de Servicios Especializados u Obra Especializada.

Seguramente, con la publicación de las modificaciones al reglamento de inspección, se incrementarán las visitas que realice la Autoridad a los centros de trabajo.

A la fecha, tenemos conocimiento de acciones de inspección realizadas por la Autoridad, donde están revisando, además de las condiciones en los centros de trabajo, lo siguiente:

  • La existencia de contratos con proveedores (contratistas) inscritos en el padrón de Prestadores de Servicios Especializados de denominado “REPSE”.

  • Si hay trabajadores que pertenecieran a proveedores (contratistas) que tuvieran celebrado un contrato de prestación de servicios especializados y,

  • Cómo se identifican los trabajadores de proveedores (contratista) y se diferencian de los trabajadores propios.

Es importante mencionar que las multas por falta de cumplimiento relacionado con las inspecciones de la STPS pueden llegar hasta las 5,000 UMAS, ($481,100.00), más las que pudieran aplicar por cada uno de los conceptos que estén fuera de la norma.

 Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia y consultar directamente la fuente.

En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, nuestro equipo de expertos en materia laborar y seguridad social se pone a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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