ANAM-Modificaciones al Reglamento interno-

El reglamento interno de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) cuenta con nuevas disposiciones.

Dentro del Diario Oficial de la Federación del 24 de mayo pasado, la secretaría de Hacienda y Crédito Publico dio a conocer el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México", publicado el 21 de diciembre de 2021.

Es importante comentar que este reglamento entro en vigor el pasado 1° de enero de 2022, y dentro de los cambios más importantes se encuentran los siguientes:

1. Derogación de la fracción III del artículo 38 del Reglamento Interior de la ANAM, que establecía dentro de sus facultades la coordinación de las aduanas interiores. Con esta reforma, se establece que la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) será la dependencia encargada de dicha labor. Las 50 aduanas serán coordinadas por la SEDENA (aduanas fronterizas e interiores) y por la Secretaría de Marina (aduanas marítimas).

2. Se adiciona a la estructura de la ANAM, la Dirección General de Procesamiento Electrónico de Datos Aduaneros, misma que se encargará, entre otras cuestiones, de los siguientes puntos:


• Mantener comunicación y colaborar con autoridades aduaneras o de comercio exterior de otros países.

También asistirá a los servidores públicos de la ANAM en sus relaciones con dichas autoridades, respecto de asuntos relativos a la entrada y salida de mercancías del territorio nacional.

• Planeación, organización, implementación, dirección y control de estrategias para instrumentar mecanismos y sistemas de prevención, y combate de conductas ilícitas relacionadas con la entrada y salida de mercancías del territorio nacional.

Además, se encargará de estudiar, analizar e investigar conductas vinculadas con el contrabando de mercancías, y atacar dichas conductas.
Evitar delitos en las aduanas, prioridad

– Participar en la prevención de ilícitos en las aduanas, recintos fiscales y fiscalizados, secciones aduaneras, garitas y puntos de revisión aduaneros, y en los aeropuertos, puertos marítimos y terminales ferroviarias o de autotransporte de carga, así como de pasajeros, autorizados para el tráfico internacional.

– Dirigir y administrar el Centro de Procesamiento de Datos, y dirigir los Centros de Monitoreo de las Aduanas y su personal.

– Reclutar, seleccionar y formar a personal civil y militar como oficial de comercio exterior.

– Coordinar con las demás unidades administrativas de la ANAM y de la SHCP, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y las autoridades de las entidades federativas.

También aplicará en municipios, junto con la aplicación de las medidas de seguridad y control en los aeropuertos, puertos marítimos, terminales ferroviarias o de autotransporte de carga o de pasajeros y cruces fronterizos autorizados para el tráfico internacional.

Ahora bien.entre septiembre del 2020 y julio de 2021, el Gobierno federal, con base en reformas aprobadas por el Congreso, estableció el andamiaje jurídico necesario para que la administración y operación de los puertos de México queden a cargo de la SEDENA y la Armada de México, así pues te recordamos que la ANAM surgió en sustitución de la Administración General de Aduanas (AGA), como una autoridad fiscal y aduanera.

Es por esa razón que se encarga tanto de dirigir los servicios aduanales y de inspección, como de garantizar el respeto de los lineamientos relativos al cobro de las contribuciones y aprovechamientos aplicables a las operaciones de comercio exterior.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia y consultar directamente la fuente. En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, nuestro equipo de expertos en comercio exterior se pone a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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