Praxworld Magazine

View Original

SAT- Fecha límite para habilitar el buzón tributario-

Los contribuyentes tienen la obligación de habilitar el buzón tributario ante el Servicio de Administración Tributaria y para ello tienen como fecha limite el 30 de junio de 2022.

En complemento a nuestro comunicado de 14 de marzo de este año, te recordamos que esa próximo a vencer al plazo para habilitar el buzón tributario el Servicio de Administración Tributaria ( SAT) siendo este el 30 de junio de 2022.

¿Quiénes deben habilitarlo?

De acuerdo con el SAT, el buzón tributario deberá ser considerado por aquellos contribuyentes que comiencen a tributar o migren al Régimen Simplificado de Confianza a partir del 1 de enero de 2022.

También, los contribuyentes o personas físicas que hasta el 31 de diciembre de 2021 tributaron en un régimen distinto, y a partir del 1 de enero de 2022 migren al Régimen Simplificado de Confianza y que no hayan registrado y confirmado medios de contacto para habilitar su buzón tributario.

Así como todas las personas inscritas en el RFC, salvo aquellos sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas, salvo:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas. En este caso, habilitar el Buzón Tributario es opcional.

  • Personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos, tendrán la opción de habilitar el Buzón Tributario.

  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados estarán relevados de habilitar el Buzón Tributario.

    Estas facilidades no serán aplicables tratándose de:

    • Los trámites o procedimientos en los que se requiera que el contribuyente cuente con Buzón Tributario.

    • Tratándose de contribuyentes que hayan emitido CFDI de ingresos o recibido CFDI de nómina, dentro de los últimos 12 meses.

¿Cómo habilitarlo?

*El interesado deberá ingresar al sitio oficial del SAT.

*Ingresar su RFC.

*Contraseña.

*Colocar la e.firma.

*Llenar el formulario con los datos que se le piden.

El SAT anunció que el buzón deberá tener registrados y actualizados dos mecanismos de comunicación que son: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que falte registrar alguno de los dos mecanismos, es recomendable hacerlo a la brevedad.

Algunos de los beneficios al contar con un buzón tributario son: recibir información sobre facilidades fiscales, funge como un espacio privado del contribuyente, reduce tiempos en cuestión de trámites, certeza jurídica a los actos y resoluciones.

Una vez que ingrese a su buzón, identificará los regímenes a los que pertenece y mostrará exclusivamente los trámites o servicios que le aplican, es decir, los trámites, noticias, calendario, orientaciones, entre otros, se personalizarán de acuerdo a sus regímenes.

Además, se podrá habilitar la opción de “Favoritos” y de “Configuración”. Mientras que, en el caso de que tenga dos o más regímenes registrados. Por ejemplo: cuando se asalariado y arrendador,  el Buzón Tributario mostrará la información que corresponde a ambos regímenes.

Sin embargo, en el panel central y en el menú de “trámites más usados” sólo mostrará los trámites de tu régimen más importante.

Con base al argumento de “impulsar la cultura tributaria”, se llevó a cabo la modificación del Código Fiscal Federal para obligar a toda persona mayor de 18 años a que cuente con su RFC. En caso de no tener actividad económica se podrá hacer la inscripción sin obligación de presentar declaración, pago de impuestos, o sanción alguna.

¿Cuál es la consecuencia de no habilitar el buzón tributario?

Si se incumple con lo dispuesto, el contribuyente se puede hacer acreedor a una multa de entre $3,080.00 a $9,250.00, por la infracción consistente en “no habilitar el buzón tributario, no registrar, o no mantener actualizado los medio de contacto “.

Finalmente es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, en Praxworld Solution Business S.C., tenemos expertos en el área de impuestos y contabilidad que te podrán apoyar para realizar tu alta en el buzón a efecto de dar debido cumplimiento de las obligaciones fiscales a que estas sujeto como contribuyente para ello nos ponemos a tus ordenes en nuestro correo electrónico: informes@praxworld.mx

See this content in the original post