Nueva obligación fiscal -Identificación del Beneficiario Controlador-

A partir de 1 de enero de 2022, las entidades legales en nuestro país están obligados a implementar procedimientos internos para obtener y conservar, como parte de los registros contables, la información de sus Beneficiarios Controladores.

De conformidad con el artículo 32-B Ter del Código Fiscal de la Federación y las Reglas de la Resolución de la Miscelánea Fiscal 2022 las entidades legales en nuestro país deberán implementar procedimientos internos para obtener y conservar, como parte de los registros contables, la información de sus Beneficiarios Controladores, esto como parte de los registros contables, es importante señalar que esta obligación entró en vigor a partir del 1 de enero de 2022.

Lo anterior debe ser cumplido por  las personas morales, partes integrantes de fideicomisos, así como partes contratantes o integrantes en el caso de cualquier otra figura jurídica, así como los notarios, corredores públicos y cualquier otra persona que intervenga en la formación de sociedades, fideicomisos y cualquier otra figura jurídica.

Los sujetos obligados deberán integrar la información respecto a los nombres, fecha de nacimiento, país de origen, RFC, datos de contacto, estado civil, domicilio fiscal y particular, cadena de titularidad y control, entre otras, del beneficiario controlador.

Las sanciones en caso de no obtener, conservar, contar con la información de forma actualizada y presentar la información ante la autoridad en el plazo previsto serán desde $800,000.00 M.N. hasta los $2,000,000 M.N. por cada beneficiario controlador no identificado.

Aunado a esto, los sujetos obligados deberán implementar procedimientos para identificar a su beneficiario controlador. Además de la autoridad, esta información también será solicitada por notarios, corredores públicos e instituciones financieras.

Finalmente es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, en Praxworld Solution Business S.C., tenemos expertos en el tema que te podrán apoyar para realizar un análisis del correcto cumplimiento de las obligaciones que la presente publicación pudiera contener, nos ponemos a tus ordenes en nuestro correo electrónico: informes@praxworld.mx

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