Iniciativa de reforma a la Ley de Hidrocarburos

El titular del Ejecutivo Federal envió el pasado viernes al Congreso una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.

El titular del Ejecutivo Federal envió el pasado viernes al Congreso una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.

El pasado viernes 26 de marzo, mediante oficio SG/UE/230/747/21, el titular del ejecutivo federal envió al Congreso una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.

Así pues, de la lectura que se de iniciativa motivo de nuestra publicación podemos señalar a manera de resumen los puntos que consideramos más importantes:

  1. Se plantea que todos los permisos que otorgue Sener y la Comisión Reguladora de Energía sean susceptibles de suspensión ante un “peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional”.

  2. La Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía podrán, en el ámbito de sus respectivas competencias, suspender los permisos expedidos en los términos establecidos en esta Ley, cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional.

  3. Propone también, la ocupación temporal y la intervención en las instalaciones privadas, y su control y operación quedará en manos de Petróleos Mexicanos (Pemex).

  4. También se pretende elevar a “rango legal” las disposiciones de la Política de Almacenamiento Mínimo de Petrolíferos, modificada en 2019.

  5. La iniciativa también incluye la "negativa ficta en el procedimiento de trámite de los permisos". En el artículo 53 se propone modificar el sentido del silencio de la administración, para que en el supuesto de que haya transcurrido el plazo fijado para la expedición de los permisos sin que exista resolución expresa de la autoridad competente, en lugar de que se presuma que la solicitud respectiva ha sido aprobada, se entienda que la respuesta de la autoridad es en sentido negativo o desfavorable para el solicitante.

Es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, sin embargo los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., estaremos atentos a los cambios legislativos que lleguen a suscitarse informando puntualmente la versión que al final sea publicada en el Diario Oficial de la Federación, sin embargo en caso de que lo requiera no ponemos a sus órdenes en nuestro correo electrónico: informes@praxworld.mx para analizar los efectos que dichos cambios generen o en su caso realizar el acompañamiento que resulte necesario en caso de ser aprobada.

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