IMSS, STPS-Intercambio de información, empresas inscritas en el REPSE-

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), dieron a conocer un comunicado titulado “Intercambio de información entre el IMSS y la STPS para promover cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social ante las empresas inscritas en el REPSE”

Mediante comunicado número 583/2023 de fecha 23 de noviembre de 2023, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), publicaron, con fecha 23 de noviembre, un comunicado titulado “Intercambio de información entre el IMSS y la STPS para promover cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social ante las empresas inscritas en el REPSE”.

En dicho comunicado se establece que la STPS y el IMSS enviarán conjuntamente exhortos a contratistas que presenten opinión “Negativa” y “Sin opinión” para su regularización en materia de seguridad social. Posterior a ello, el IMSS generará, por segunda ocasión, la opinión de cumplimiento de la relación de contratistas con resultado original de “Negativa” o de “Sin Opinión”, a fin de identificar a aquellos que indebidamente continúen en la misma circunstancia.

Por su parte, la STPS iniciará un procedimiento de cancelación en el que se otorgará a dichos contratistas un plazo de 5 días hábiles para que manifiesten lo que a su derecho convenga. Agotado este plazo, el IMSS generará, por tercera ocasión, la opinión del cumplimiento de contratistas a los que la STPS haya iniciado un proceso de cancelación, comprobando así finalmente la relación de aquellos que hayan omitido aprovechar las oportunidades para regularizarse en materia de seguridad social; lo anterior, con el propósito de que la STPS proceda a la cancelación inmediata de las inscripciones respectivas en el REPSE.

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia o consultar el link https://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202311/583

En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud o asunto relacionado del mismo, para ello nos ponemos a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.

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