LFT-Reforma laboral, “ley silla”-
Las comisiones unidas de Estudios Legislativos Primera y del Trabajo y de Previsión Social del Senado de la República aprobaron la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) conocida como “Ley Silla”
Las Comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera del Senado de la República, el pasado 6 de diciembre de 2023 aprobaron, por unanimidad, el dictamen por el que se modifican diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, en materia del derecho al descanso, conocido como “Ley Silla”; esta iniciativa de reforma estable los principales cambios:
La obligación de los patrones proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios y comercio, para la ejecución de sus funciones o para su descanso periódico durante la jornada laboral, es importante comentar que esto se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.
Así mismo prohibe a los patrones obligar a las personas a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y prohibirles tomar asiento periódicamente durante su jornada laboral.
Dentro del reglamento interior de trabajo se estipularán las normas de esta nueva disposición.
Es importante mencionar que los artículos transitorios establecen que la reforma entrará en vigor a los 180 días naturales al día siguiente de su publicación; mandata a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a emitir las normas de factores de riesgo de trabajo en un plazo no mayor a 30 días naturales posteriores a su entrada en vigor y finalmente a las empresas a adecuar su normativa interna en un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor.
¿Cuál es el objetivo de esta ley?
Tiene como objetivo alterar la Ley Federal del Trabajo con el propósito de salvaguardar la salud de los empleados que dedican hasta 8 horas de su jornada laboral de pie, sin la posibilidad de sentarse, incluso en lapsos sin clientes, situación que podría resultar en diversas complicaciones físicas.
Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.
En caso de tener alguna duda respecto de esta publicación, contáctenos y estaremos complacidos en poder asistirle en cualquier inquietud o asunto relacionado del mismo, para ello nos ponemos a su disposición mediante el correo electrónico: informes@praxworld.mx.