DOF- Reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales.

El 03 de enero de 2024, se dió a conocer la reforma a los artículos 109 y 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación se dió a conocer el DECRETO por el que se reforman los artículos 109 y 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 109. Derechos de la víctima u ofendido

...

I. a XI. ...

XII.     En caso de tener alguna discapacidad, a que se realicen los ajustes al procedimiento penal que sean necesarios para salvaguardar sus derechos.

         De igual forma, se adaptarán las condiciones que sean necesarias para garantizar el acceso de las personas adultas mayores, cuando así lo requieran;

XIII. a XXIX. ...

...

...

Artículo 113. Derechos del Imputado

...

I. a XV. ...

XVI.    A solicitar desde el momento de su detención, asistencia social para los menores de edad o personas con discapacidad o personas adultas mayores cuyo cuidado personal tenga a su cargo;

XVII. a XIX. ...

...

...

Finalmente, es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, por lo que los abogados y contadores de Praxworld Solution Business S.C., sugerimos utilizar el presente como mera referencia.

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